EJEMPLO DE CARPETA DE PROYECTO CIUDADANO
GRUPO DE TRABAJO Nº 1
EL PROBLEMA
“CONGESTIÓN VEHICULAR EN LOS FRONTIS DE LAS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS”
ANTECEDENTES DEL PROBLEMA
No es novedad que el problema vehicular en la ciudad de Sullana se
agudizó con la circulación de combis y vehículos menores (motos lineales y mototaxis),
especialmente estos últimos, los cuales a medida que pasaban los años se fueron
incrementando. Los mototaxis se convirtieron en herramienta de trabajo para
adolescentes y jóvenes. Es conocido que existe la informalidad, que muchos mototaxis
son conducidos por menores de edad y otras utilizadas para actos delictivos.
En Sullana, como quizá en otras ciudades, la gran mayoría de
estudiantes hacen uso de estos medios de transporte, ya sea como servicio
público o particular para trasladarse a sus instituciones educativas o regresar
de sus viviendas. Esto por que es una necesidad y son los vehículos más
asequibles para transportarse.
EL ORIGEN DEL PROBLEMA
El problema se origina cuando al momento de dejar a los estudiantes en
sus instituciones educativas o al momento de recogerlos, los conductores de las
unidades de servicio escolar y de vehículos menores se aglomeran en los frontis
de los planteles. No respetan las señalizaciones de tránsito ni a la orden que
da el Policía de Tránsito (las veces que por casualidad está). Se puede
apreciar la manera imprudente de estos conductores, que aún sabiendo que
transportan escolares y personas, pugnan por querer ganar un espacio (en
algunos casos en estrechas vías) y bajar o subir estudiantes que en esos
instantes ingresan o salen de sus instituciones educativas. A esta aglomeración
se suman algunos mototaxistas que se pelean por tomar las “carreras” a los
estudiantes. Invadiendo así los frontis y los espacios señalados por el
Reglamento Nacional de Tránsito e impiden el libre tránsito vehicular y
peatonal y ponen en riesgo la vida de los estudiantes y peatones, quienes
tienen que sortear el paso de los vehículos a la hora de ingresar o salir de su
institución educativa.
LOCALIZACIÓN DEL PROBLEMA
El problema es notorio en las vías y lugares de ingreso de las
Instituciones Educativas: “José Eusebio Merino y Vinces”, “Las Capullanas”, 14783
- “La Quebrada”, “José Matías Manzanilla”, “José Cardó”, entre otros.
En el caso de la Institución Educativa “José Eusebio Merino y Vinces”,
la calle Santa Clara es una arteria estrecha y donde se ubica el Hospital del ESSALUD.
En este lugar existen dos paraderos de mototaxis en una acera y en la otra, que
da a las puertas de ingreso de esta institución, se ha convertido en playa de
estacionamiento y además ha sido tomada por vendedoras ambulantes de comida que
hacen más caótico la circulación de vehículos y peatones. El caso de la I.E. “Las
Capullanas”, la calle Emilio Baldizán tiene un tramo muy estrecho en la parte
que da a los ingreso de los estudiantes de los niveles primaria y secundaria.
La I.E. “José Matías Manzanilla” cuyo lugar de ingreso da al Canal Vía, no
tiene espacio para que los conductores estacionen sus vehículos, lo mismo
sucede con el Colegio La Quebrada. Por su parte la I.E. “José Cardó”, el acceso
que da por la calle Piérola se congestiona al igual que el acceso que da a la
Av. José de Lama.
CAUSAS DEL PROBLEMA
- La
deficiente señalización en las zonas escolares.
- Falta
de zonas seguras para que los estudiantes puedan subir y bajar de los vehículos
que los transportan.
- No
se utilizan las vías alternas para los vehículos que circulan por los accesos
de la Instituciones Educativas al momento del ingreso y salida de los
estudiantes.
- El
incumplimiento de las Políticas Públicas existentes.
- Considerar
lugares de ingreso y salida de las Instituciones Educativas por vías angostas y
de constante tráfico vehicular.
- El
control del tránsito en las Instituciones Educativas por parte de la Policía
Nacional se deficiente.
AFECTADOS POR EL PROBLEMA
1. DIRECTOS.- Los
estudiantes en general que abordan las unidades vehiculares o se dirigen a sus
respectivas Instituciones Educativas. También se ven afectados los peatones que
transitan por el lugar.
2. INDIRECTOS.- Los pasajeros de los vehículos que circulan
por el lugar, los vecinos de los sectores aledaños a las Instituciones
Educativas. Así mismo los vehículos y los conductores.
CONSECUENCIAS
- Accidentes
de tránsito (choques y atropellos) donde los afectados directos son los
estudiantes, peatones y pasajeros.
- Daños
físicos y psicológicos a estudiantes, peatones y pasajeros, e inclusive se
pueden producir muertes.
- Congestión
vehicular.
INSTANCIAS RESPONSABLES EN LA SOLUCIÓN DEL PROBLEMA
Para la solución del problema se ha hecho muy poco, por ello urge que
sea atendido de inmediato, no solamente por la Policía Nacional del Perú, sino
por la Municipalidad Provincial, Defensa Civil, los Directores de las
Instituciones Educativas, las Asociaciones de Mototaxistas, padres de familia, etc.
Pero también estamos conscientes que algunas personas no estarán de
acuerdo para solucionarlo, especialmente los conductores informales y los
dueños de estas unidades. Pero también hay quienes pueden apoyar a esta
iniciativa, como es el caso de Policía Nacional del Perú, la Municipalidad
Provincial, los Directores de las Instituciones Educativas, padres de familia y
vecinos. Pensamos que si actuamos en conjunto se lograría dar seguridad no
solamente a los estudiantes sino también a los peatones.
GRUPO DE TRABAJO Nº 2
POLÍTICAS PÚBLICAS EXISTENTES
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
El Artículo Nº 2, Inciso Nº 1, se refiere que toda persona tiene
derecho a la vida y especialmente a su integridad física. Este artículo
garantiza la vida y la salud de las personas, pero no se respeta, ¿será por
desconocimiento? o ¿por querer adrede, violar la ley?
EL NUEVO CÓDIGO DE TRÁNSITO
Prohíbe y sanciona con multas:
-
Recoger o dejar pasajeros fuera de paraderos no
autorizados.
-
No llevar cinturón de seguridad
-
Adelantar o sobrepasar en forma indebida a un
vehículo.
-
Permitir que un menor de edad conduzca un vehículo sin
autorización o permiso provisional.
-
Estacionar
en curvas, puentes, túneles, zonas estrechas de la vía, pasos a desnivel,
pendientes y cruces ferroviarios.
-
No
detenerse al aproximarse a un vehículo de transporte escolar que está
recogiendo o dejando pasajeros.
-
Estacionar
interrumpiendo totalmente el tránsito.
LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES (Ley Nº 27972)
Según el Artículo 81º sobre el TRÁNSITO,
VIALIDAD Y TRANSPORTE PUBLICO, determina las funciones que tienen las
Municipalidades sobre el tema, entre ellas destacamos:
-
Normar
y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de su
jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la
materia.
-
Normar,
regular, organizar y mantener los sistemas de señalización y semáforos y regular
el tránsito urbano de peatones y vehículos.
-
Normar
y regular el transporte público y otorgar las correspondientes licencias o concesiones
de rutas para el transporte de pasajeros.
-
Normar,
regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados,
tales como taxis, mototaxis, triciclos, y otros de similar naturaleza.
-
Otorgar
autorizaciones y concesiones para la prestación del servicio público de transporte
provincial de personas en su jurisdicción.
-
Supervisar
el servicio público de transporte urbano de su jurisdicción, mediante la supervisión,
detección de infracciones, imposición de sanciones y ejecución de ellas por incumplimiento
de las normas o disposiciones que regulan dicho servicio, con el apoyo de la Policía
Nacional asignada al control de tránsito.
REGLAMENTO
NACIONAL DE TRANSITO
En él se detalla las
normas que regulan el uso de las vías públicas terrestres, especialmente las
aplicables al desplazamiento de las personas y a los vehículos de transporte,
materia de nuestra Política Pública
propuesta.
En las prohibiciones, este
reglamento señala “que está prohibido en la vía: recoger o dejar pasajeros en
lugares no autorizados”, “el conductor al detener el vehículo que conduce en la
vía pública, lo hará en forma que no obstaculice el tránsito. Debe abstenerse de
efectuar maniobras que pongan en peligro a los demás usuarios de la vía”, “el
ascenso o descenso de personas de un vehículo automotor de servicio particular
ó de un vehículo de transporte no regular de pasajeros, está permitido en la
vía pública, siempre y cuando no signifique peligro u obstaculice la
circulación”, “está prohibido que los conductores estacionen los vehículos que
conducen a menos de 3 metros de las puertas de establecimientos educacionales”
y también estipula las sanciones a la violación de lo reglamentado.
LEY
Nº 27189 Y SU REGLAMENTO D.S. Nº 055-2010-MTC
Trata sobre el transporte
público especial de pasajeros en vehículos menores.
DECRETO
SUPREMO Nº 009-2010-MTC
El Artículo 83º señala que el conductor debe tener cuidado y
consideración con los peatones.
El Artículo 92º estipula la distancia que debe conservarse entre un
vehículo y otro.
ORDENANZAS
MUNICIPALES
El objetivo de estas
Políticas Públicas es supervisar y controlar el tránsito y evitar las
infracciones que puedan ocasionar los malos conductores, especialmente de los
vehículos menores:
-
O.M.
Nº 02 – 2002.
-
O.M.
Nº 04 – 2009.
GRUPO DE TRABAJO Nº 3
POLÍTICA PÚBLICA PROPUESTA
Generalmente los ciudadanos exigen que se respete sus derechos, pero a
veces no cumple con sus deberes. Las normas están para ser respetadas y
cumplirse, pero como ya hemos visto, existen políticas públicas aprobadas pero
que en la realidad, no se cumplen.
Frente al problema planteado surge a necesidad de darle una solución
inmediata. Para ello proponemos la siguiente ORDENANZA:
“SE
PROHIBE A LOS CONDUCTORES ESTACIONARSE EN LOS ACCESOS A LAS INSTITUCIONES
EDUCATIVAS AL MOMENTO DEL INGRESO Y SALIDA DE LOS ESTUDIANTES Y DECLARAR ZONA RÍGIDA
A LOS MISMOS”.
Las
ventajas de nuestra ordenanza es que
evitará:
-
El
congestionamiento vehicular en las vías de acceso a las Instituciones
Educativas.
-
El
caos peatonal.
-
Accidentes
de tránsito: atropellos y choques
-
Violación
de las señales de tránsito
Se logrará que:
-
El
paso peatonal se realice con tranquilidad.
-
El
tránsito vehicular se normalice.
-
La
tranquilidad en el vecindario.
Las desventajas que puede enfrentar nuestra
política pública es que:
-
Algunos
conductores de transporte escolar y de
vehículos menores (motos lineales y mototaxis) , especialmente informales se
opongan a la política pública propuesta..
-
Algunos
malos policías de tránsito no la hagan respetar.
-
Algunos
Directores de Instituciones Educativas se muestren permisibles.
Nuestra Política
Pública cumple con el
requisito de constitucionalidad, ya que se estaría respetando el Artículo
Nº 2, Nº 1 de la Constitución Política del Perú. También cumple con el
requisito de viabilidad, sólo se necesita imponer el principio de autoridad,
además tener compromiso ciudadano y voluntad para hacerla cumplir. Además
nuestra propuesta es sostenible en el tiempo, por que como ordenanza, los
conductores están en la obligación de cumplirla y las autoridades de hacerla
respetar. Ninguna persona puede violar las normas.
Nuestra Política Pública debe ser asumida a través de la conformación
de una ALIANZA ESTRATÉGICA donde
tengan decidida participación:
-
La Municipalidad Provincial de Sullana.
-
La Policía Nacional.
-
La Unidad de Gestión Local (UGEL) de Sullana.
-
Directores de las Instituciones Educativas.
-
Los padres de familia.
-
Los conductores transporte escolar y de vehículos
menores.
-
Representantes de la comunidad.
GRUPO DE TRABAJO Nº 4
PLAN DE ACCIÓN
Para lograr que nuestra Política Pública tenga la aceptación de las
autoridades, conductores y comunidad, proponemos:
PRIMERO: La
conformación de una ALIANZA ESTRATÉGICA
entre las principales autoridades de la provincia de Sullana. Solicitando para
ello una reunión conjunta entre los propulsores de la propuesta de política
pública y las autoridades provinciales.
SEGUNDO: La
realización de un conjunto de actividades que a continuación detallamos:
CON LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA:
1. Enviar
un oficio dando a conocer nuestra Política Pública.
2. Enviar
un oficio solicitando que en Asamblea municipal:
-
Se apruebe nuestra Política Pública.
-
Se declare zona rígida los frontis de las
Instituciones Educativas.
-
Se apruebe un presupuesto para: la construcción de
tranqueras, las cuales serán utilizadas para detener el tránsito al momento de
la entrada y salida de los estudiantes; la colocación de señales de tránsito y
rompe muelles en los frontis de las Instituciones Educativas.
CON LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ (P.N.P.)
1. Enviar
un oficio dando a conocer nuestra Política Pública.
2. Solicitar a través de un oficio que se
disponga de manera permanente de Policías de Tránsito en los frontis de las
Instituciones Educativas, especialmente al momento del ingreso y salida de los
estudiantes.
3. Solicitar charlas de orientación para
los Policías Escolares sobre normas y señales de tránsito.
CON
LA UNIDAD DE GESTIÓN LOCAL (UGEL) Y DIRECTORES DE LAS I.E.:
1.
Enviar un oficio dando a conocer nuestra Política
Pública y contar con su apoyo decidido.
2.
Solicitar que a través de la UGEL se convoque a una
reunión con los Directores de las Instituciones Educativas afectadas por el
problema, para unir esfuerzos en la solución definitiva del problema.
CON
LOS CONDUCTORES DE TRANSPORTE ESCOLAR Y DE VEHÍCULOS MENORES:
1. Enviar
oficios dando a conocer nuestra Política Pública y solicitar su apoyo en la
solución del problema.
2. Realizar charlas de sensibilización y
reuniones de coordinación.
3. Entrega de trípticos explicando
nuestra Política Pública.
CON
LOS ESTUDIANTES:
1.
Realizar
charlas de sensibilización.
2.
Solicitar
su apoyo en la difusión de nuestra Política Pública y entrega de trípticos de
sensibilización, tanto a los conductores de transporte escolar, como a los vehículos
menores.
(Proyecto Ciudadano de la I.E. "JOSÉ EUSEBIO MERINO Y VINCES" - Sullana. Ganador en la Provincia de Sullana y Representante de la Región Piura en la FERIA NACIONAL 2011 en la ciudad de Chiclayo)
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